Me parece muy interesante la información relativa a las deducciones en el IRPF para las donaciones realizadas a ONGs, tanto por particulares como por empresas.
Copio lo que en su día se publicó en la web de la Universidad Carlos III de Madrid, me parece un resumen muy completo.
Las donaciones a
entidades sin ánimo de lucro disfrutarán de mayores ventajas fiscales
13-ENE-2015
Resumen: La reforma contempla una
deducción del 50% en 2015 para los primeros 150 euros donados y del 75% en
2016.
La reforma fiscal aprobada definitivamente
por el Congreso y ya publicada en el BOE, introduce modificaciones en la Ley
49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los
Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Esta reforma, que entrará en
vigor el 1 de enero de 2015, contempla incrementos por las donaciones
realizadas a las entidades acogidas a la Ley 49/2002, si bien se contempla una
aplicación progresiva de los incrementos que será plena a partir de 2016.
La AEF valora positivamente que
se haya reconocido la figura del micro mecenazgo, figura planteada por el
sector, y se haya introducido una deducción del 75 % para los primeros 150
euros donados por personas físicas. A partir de ese importe, las donaciones
serán deducibles al 30 %, frente al 25 % actual, o al 35 % si se trata de
donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad
por un importe igual o superior. Transitoriamente para 2015, estas deducciones
serán del 50 %, 27,5 % y 32,5 % respectivamente. Para las sociedades, la deducción
actual del 35% se incrementa al 40% para las donaciones realizadas a una misma
entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años. Para el
2015 este porcentaje será del 37,5 %.
La AEF cree necesaria una reforma
más amplia de la Ley de Mecenazgo, para adecuar nuestro sistema a otros como el
francés, si bien considera que las modificaciones introducidas reconocen el
papel de los ciudadanos en la financiación de estas entidades.
No hay comentarios:
Publicar un comentario